1472 (XIV). Cooperación internacional en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos A

851ª. sesión plenaria,
9 de diciembre de 1959

1472 (XIV). Cooperación internacional en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos

A

La Asamblea General,

            Recordando que es de interés común para toda la humanidad fomentar la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
            Estimando que sólo debe explorarse y utilizarse el espacio ultraterrestre con fines en provecho e interés de la humanidad y en provecho de los Estados, sea cual fuere su grado de desarrollo económico o científico.
            Deseando evitar que las actuales rivalidades nacionales se propaguen a este nuevo campo,
            Reconociendo la enorme importancia de la cooperación internacional en la exploración y el aprovechamiento  del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
            Toma nota de que continúan los programas de cooperación científica en la exploración del espacio ultraterrestre emprendidos por la comunidad científica internacional,
            Estimando asimismo que las Naciones Unidas deben promover la cooperación internacional en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
1.      Instituye una comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con fines pacíficos integrada por representantes de Albania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Checoeslovaquia, Estados Unidos de América, Francia, Hungría, India, Iran, Italia, Japon, Líbano, México, Polonia, Rumania, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Árabe Unida, Suecia y Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, cuyos miembros ejercerán sus funciones en 1960 y 1961 y pide a esta Comisión que se sirva:
a.  Examinar, según proceda, la esfera de la cooperación internacional, y estudiar las medidas prácticas y posibles para llevar a cabo los programas de utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos que puedan adecuadamente emprenderse bajo los auspicios de las Naciones Unidas, y en particular las siguientes:

                                                             i.      Asistencia para continuar con carácter permanentes las investigaciones acerca del espacio ultraterrestre efectualdas con motivo del año Geofisico internacional;
                                                           ii.      Organización de intercambio y difusión de informaciones relativas a las investigaciones acerca del espacio ultraterrestre;
                                                         iii.      Fomento de los programas nacionales de investigacion relacionados con el estudio del espacio ultraterrestre, y presentación de toda la ayuda y colaboración posibles para ejecutar dichos programas;

b.    Estudiar la naturaleza de los problemas jurídicos que pueda plantear la exploración del espacio ultraterrestre;

2.      Pide a la Comisión que presente informes sobre sus actividades a la Asamblea General en los sucesivos periodos de sesiones.

856ª. sesión plenaria,
12 de diciembre de 1959.
B

La Asamblea General,

            Tomando nota con satisfacción de los éxitos de gran importancia para la humanidad alcanzados en la exploración del espacio ultraterrestre con el reciente lanzamiento de satélites terrestres artificiales y cohetes espaciales,
Atribuyendo gran importancia a un considerable aumento de la cooperacion internacional en la utilización pacífica el espacio ultraterrestre para el progreso de la ciencia y el mayor bienestar de los pueblos,
1.      Decide convocar en 1960 ó 1961 bajo los auspicios de las Naciones Unidas, a una conferencia científica internacional de los estados interesados, Miembros de las Naciones Unidas o miembros de los organismos especializados, para el intercambio de datos sobre la experiencia obtenida en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos;
2.      Pide a la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con fines Pacíficos instituida en virtud de la Resolución A supra que prepare, en consulta con el Secretario General y con la cooperación de los organismos especializados competentes, propuestas relativas a la convocación de dicha conferencia;
3.               Pide al Secretario General que adopte con arreglo a las conclusiones de la Comisión, las disposiciones admitidas necesarias para celebrar dicha conferencia.

856ª. sesión plenaria,
12 de diciembre de 1959.

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